Articulo 31 Cooperación a...fiscalidad

Articulo 31 Cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad

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Artículo 31. Destinatarios

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Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 15 de febrero de 2011.

Por el Consejo

El Presidente

MATOLCSY Gy.

(1) Dictamen de 10 de febrero de 2010 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(2) Dictamen de 16 de julio de 2009 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(3) DO L 336 de 27.12.1977, p. 15.

(4) DO L 184 de 17.7.1999, p. 23.

(5) DO L 281 de 23.11.1995, p. 31.

(6) DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.

(7) DO L 84 de 31.3.2010, p. 1.

(8) DO L 157 de 26.6.2003, p. 38.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-03-2011 en vigor desde 11-03-2011