Articulo 30 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
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Artículo 30. Competencias en materia de recepción y salida de documentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

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En materia de recepción y salida de documentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, corresponde al Consejero o Consejera la propuesta y, en su caso, aprobación de las normas precisas para la regulación y funcionamiento de los registros de entrada y salida, así como de las oficinas de asistencia en materia de registro.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021