Articulo 30 Normas para l...ernacional

Articulo 30 Normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 30. Autoridades competentes

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Cada Estado miembro comunicará a la Comisión las autoridades responsables de dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de la presente Directiva. Los Estados miembros informarán a la Comisión cualquier cambio de identidad de dichas autoridades.