Articulo 30 Flamenco

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Artículo 30. Patrimonio inmaterial.

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1. Las expresiones inmateriales del flamenco, tales como actividades, prácticas, saberes y modos de producción integrantes del conjunto patrimonial del flamenco, podrán ser inscritas en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de manera individual o colectiva como Bienes de Interés Cultural, con la tipología de Actividades de Interés Etnológico, con arreglo a lo dispuesto en la legislación sobre el patrimonio histórico de Andalucía.

2. La inscripción de estas actividades en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz podrá incluir la protección de un ámbito territorial vinculado a su desarrollo, o de los bienes muebles o inmuebles que se le asocien.

3. Las intervenciones en el ámbito territorial vinculado a una actividad inscrita en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz se someterán al régimen de autorizaciones que les corresponda en función de la tipología en la que se haya realizado la inscripción.

4. La inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de actividades pertenecientes al conjunto patrimonial del flamenco les conferirá preferencia entre las de su misma naturaleza a efectos de su conocimiento, protección y difusión, así como para la concesión de subvenciones y ayudas públicas que se establezcan.

5. El régimen de protección de las actividades integrantes del conjunto patrimonial del flamenco deberá garantizar su salvaguarda, viabilidad y continuidad, en los términos previstos en la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de 2003.

6. Serán especialmente protegidas aquellas actividades, saberes y prácticas que integran el conjunto patrimonial del flamenco que estén en peligro de desaparición, y que destaquen por su relevancia para la identidad de Andalucía, o de determinadas comunidades o grupos sociales.

7. Serán objeto de fomento específico aquellas actividades, saberes y prácticas que integran el conjunto patrimonial del flamenco susceptibles de contribuir a la dinamización cultural, social o económica de comunidades o grupos sociales determinados.