Articulo 3 TR. del Régimen Económico y Presupuestario
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»Artículo 3. Legislación aplicable.
Vigente
1. La administración y contabilidad de la Hacienda del Principado de Asturias se desarrollará de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley, en las leyes especiales en la materia y en las leyes de presupuestos generales del Principado de Asturias para cada ejercicio.
2. Supletoriamente será de aplicación la legislación del Estado en la materia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-07-1998 en vigor desde 03-07-1998