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Articulo 3 Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón

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Artículo 3. Finalidad.

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1. Los fines del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón son:

a) La adopción de medidas de anticipación y del conjunto de acciones de prevención y autoprotección encaminadas a evitar o reducir los riesgos potenciales, así como informar y sensibilizar a la población sobre los mismos.

b) La identificación, localización, análisis y evaluación de las situaciones susceptibles de generar riesgos para la seguridad de personas, animales y bienes en el territorio aragonés, o que, aun producidos fuera del mismo, puedan repercutir sobre personas, animales y bienes situados en él o afecten al medio ambiente.

c) La identificación y elaboración de mapas de peligros y evaluación del grado de vulnerabilidad.

d) La planificación de las respuestas ante situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe y calamidad pública, mediante la elaboración y aprobación de los diversos instrumentos previstos en esta ley, que han de procurar una actuación pública coordinada, rápida y eficaz.

e) La intervención inmediata en caso de emergencia, catástrofe y calamidad pública para anular sus causas, corregir y minimizar sus efectos, prestar especial atención al socorro de los afectados y coordinar los diferentes servicios de intervención de los sectores públicos y entidades privadas en Aragón.

f) El impulso, creación, mantenimiento y gestión de un sistema de información, alerta y alarma a la ciudadanía.

g) El restablecimiento de los servicios esenciales, la elaboración de programas de recuperación de la normalidad, rehabilitación y reconstrucción de las zonas afectadas por una catástrofe para la recuperación del tejido socioeconómico y medioambiental.

h) La elaboración y ejecución de programas de concienciación y sensibilización de la ciudadanía, empresas e instituciones para la adquisición o inserción de una cultura de autoprotección y colaboración en situaciones de emergencia.

i) La formación del personal que participa en las operaciones de protección civil y gestión de emergencias, así como de las personas y colectivos que puedan verse afectados.

j) El fomento de la participación ciudadana y de las agrupaciones de voluntariado de protección civil.

k) La creación de un cuerpo/escala específico de especialistas en protección civil y gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Aragón.

l) La realización de cuantas labores de inspección resulten necesarias para verificar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección civil y gestión de emergencias.

2. Todos estos fines van encaminados a fortalecer las capacidades de resiliencia de los sectores públicos, de la sociedad en general y de la ciudadanía en particular ante situaciones de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública.