Articulo 3 Marco para la ... migración

Articulo 3 Marco para la interoperabilidad entre los sistemas de información de la UE en el ámbito de la cooperación policial y judicial, el asilo y la migración

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Artículo 3. Ámbito de aplicación

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1. El presente Reglamento es aplicable a Eurodac, al SIS y al ECRIS-TCN.

2. El presente Reglamento también es aplicable a los datos de Europol, en la medida de permitir consultarlos de manera simultánea con los sistemas de información de la UE a que se refiere el apartado 1.

3. El presente Reglamento es aplicable a las personas cuyos datos personales puedan ser objeto de tratamiento en los sistemas de información de la UE a que se refiere el apartado 1 y en los datos de Europol a que se refiere el apartado 2.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-05-2019 en vigor desde 11-06-2019