Articulo 3 Cooperación y Solidaridad Internacional
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Artículo 3. Principios y enfoques.

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Los principios y enfoques en que se inspira esta ley, así como su desarrollo normativo, son:

a. El reconocimiento del ser humano en su dimensión individual y colectiva, como sujeto de derecho y dignidad, y como centro y finalidad del desarrollo sostenible.

b. La igualdad de todas las personas y pueblos del planeta, así como lo establecido en los instrumentos de derechos humanos y colectivos, las libertades públicas, la participación ciudadana, el estado de derecho, la democracia y la paz.

c. El pleno respeto a los modelos de desarrollo social, económico y político de los diferentes pueblos, comunidades, territorios y/o países, así como a su identidad social, religiosa, cultural o económica, y a su escala de valores, en coherencia con los demás principios de esta ley y con el marco normativo que la desarrolle.

d. La universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, el respeto de la dignidad humana, incluyendo la no discriminación por razón de sexo, género, etnia, nacionalidad, cultura, lengua, religión o creencias, edad, capacidad funcional, orientación sexual, identidad de género y cualquier otra circunstancia, de manera que nadie quede atrás.

e. El respeto, defensa y protección de la diversidad en todas sus manifestaciones, racial, étnica, social, política, ideológica, religiosa o de culto, cultural, familiar y sexual.

f. La protección de los ecosistemas y el medio ambiente como ejes centrales del desarrollo, como bienes comunes estrechamente vinculados con la actividad humana y la sostenibilidad de la vida, garantizando la utilización de los recursos de forma sostenible, así como su preservación para las generaciones futuras.

g. El enfoque basado en los derechos humanos, entendido como aquel que permite exigir las responsabilidades definidas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el conjunto de tratados e instrumentos internacionales sobre la materia, a los titulares de esas obligaciones y de derechos. Los Gobiernos autonómicos y locales comparten con los Estados las obligaciones de respetar, proteger y garantizar la exigibilidad de los derechos humanos en su carácter universal, igualitario, indivisible e interdependiente.

h. El enfoque cosmopolita, entendido como que los Gobiernos, cualquiera que sea su ámbito de actuación, asumen la responsabilidad de los efectos que sus políticas tienen sobre la ciudadanía, sobre otros territorios y sobre la sostenibilidad del planeta, y por ello ofrecen respuestas en clave local y global, con vocación de servicio de la política a los intereses globales y la sostenibilidad de la vida y el planeta.

i. El enfoque de equidad de género, entendido como una de las herramientas diseñadas desde el pensamiento feminista como medio de transformación de las causas estructurales de la discriminación de las mujeres, con el fin de contribuir a crear relaciones de género más justas entre mujeres y hombres, promoviendo la equidad de género en todas las fases, niveles y ámbitos de actuación, conforme a la Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género vigente en Extremadura.

j. El enfoque de interseccionalidad, entendido como una categoría de análisis que permite visibilizar las opresiones y los privilegios que ostenta cada persona con relación a su pertenencia a múltiples categorías sociales y culturales tales como el sexo, el género, la diversidad sexual, de identidad y expresión de género, edad, etnia, discapacidad, estatus económico, nacionalidad, entre otros ejes de opresión y cómo éstas se cruzan entre sí.

k. Los enfoques feministas, entendidos como los marcos teóricos y las prácticas políticas -en un sentido amplio- articuladas por mujeres que permiten entender y abordar las causas estructurales de desigualdad y desequilibrios de poder.

l. El enfoque integral de las migraciones, entendido como hecho natural de la condición humana, centrado en las personas y sus derechos fundamentales, en las múltiples causas que la provocan; reconociendo las interconexiones que influyen en la movilidad, como la paz, la desigualdad, el cambio climático o las relaciones internacionales asimétricas, entre otras; fomentando los aspectos positivos y sinergias entre migración y desarrollo, y centrado en la atención de las necesidades de las personas refugiadas y apátridas, en tránsito y de las víctimas de desplazamientos forzosos, conforme al Derecho Internacional de los derechos humanos.

m. La gobernanza participativa y global, como forma de entender el gobierno de lo público, gobernando participativamente con una mirada global, donde los poderes públicos locales y/o regionales comparten de manera voluntaria, estratégica y democrática la responsabilidad de la elaboración de las políticas públicas con la ciudadanía.

n. El enfoque en la defensa de los derechos laborales, como mecanismo que contribuya a tener un medio de vida digno y promueva la disminución de brechas entre la clase trabajadora en general, y de los colectivos de trabajadoras y trabajadores discriminados, más vulnerables y peor representados en particular, promoviendo con ello sociedades más justas y favoreciendo la universalidad de los derechos humanos.

o. El enfoque de la gestión del conocimiento, entendida como el método por el cual se presta atención a los aprendizajes de los procesos para extraer las lecciones aprendidas y compartir el conocimiento generado con los procesos en marcha y futuros.

p. La universalidad, entendida como la responsabilidad de todos los países en la promoción de modelos de desarrollo sostenibles desde un punto de vista ecológico, económico o social, con independencia de su categorización como países "desarrollados-emergentes-en desarrollo" o como "donante-receptor". Como resultado, tanto la política de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional como el resto de las políticas públicas de la Administración han de contribuir a la puesta en marcha de un modelo de desarrollo humano sostenible, desde una perspectiva social, económica y ambiental.

q. La integralidad, entendida como la articulación del conjunto de políticas públicas, dinámicas y estructuras que configuran los procesos de desarrollo, que exige analizar los efectos de las diferentes políticas en el desarrollo humano sostenible desde una mirada transversal.

r. La acción multinivel, entendida como la articulación estratégica de actuaciones y actores en los planos local, autonómico, estatal e internacional, desde la que analizar e incidir en los vínculos e interconexiones que existen entre lo local o subestatal y lo global. Este principio debe contribuir a una articulación multinivel en ambas direcciones a partir de una política pública subestatal inspirada y construida desde la responsabilidad compartida frente los problemas globales. Para ello es necesario actuar sobre los procesos locales y sus conexiones e interrelaciones con las dinámicas globales.

s. La articulación multiactor, entendida como la actuación conjunta y participada por actores de diferente naturaleza, con responsabilidades comunes pero diferenciadas, cuyo nexo de unión es su incidencia sobre el desarrollo humano sostenible.

t. La búsqueda de unas relaciones comerciales más justas que faciliten la cancelación de la deuda con los países empobrecidos.

u. La salud y la cobertura sanitaria universal, entendidas como un derecho fundamental, a través de sistemas nacionales que aseguren la equidad y la seguridad sanitarias, incluyendo todo lo relacionado con la salud sexual y reproductiva.

v. La eficacia de la ayuda, la transparencia y la rendición de cuentas, entendidas como principios rectores de esta política pública.