Articulo 299 Reglamento g...e Mallorca

Articulo 299 Reglamento general de la Ley 2/2014, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca

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Artículo 299. Notificación de la aprobación inicial del proyecto de reparcelación a las persones ocupantes

Vigente

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1. La aprobación inicial del proyecto de reparcelación se notificará a todas las persones ocupantes de las viviendas afectadas por la actuación, otorgándoles un trámite de audiencia por el mismo periodo de información pública a los efectos de que, si son ocupantes legales con residencia habitual en la vivienda afectada que reúnen los requisitos necesarios, procedan a solicitar el reconocimiento fehaciente del derecho de realojo o a renunciar a su ejercicio.

2. La notificación a que hace referencia el apartado 1:

a) Deberá especificar que es en este trámite de audiencia en el que corresponde solicitar el reconocimiento del derecho de realojo o renunciar a su ejercicio, debiendo incluir la advertencia de las consecuencias en caso de no hacerlo.

b) Deberá hacer mención a los requisitos legales necesarios para ser titular del derecho de realojo, con especificación de la fecha concreta en que la vivienda tenía que constituir la residencia habitual de acuerdo con el artículo 292 de este Reglamento.

c) Deberá requerir la aportación, dentro del plazo de audiencia, del título que legitime la ocupación y cualquier otra documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos a que hace referencia el apartado b).

d) Deberá informar de las condiciones y las características del derecho de realojo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-04-2015 en vigor desde 30-05-2015