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Articulo 29 Lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica

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Artículo 29. Líneas de ayuda a las víctimas

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1. Los Estados miembros velarán por que se disponga de líneas telefónicas de ayuda a nivel estatal, gratuitas, veinticuatro horas al día y siete días a la semana, para proporcionar información y asesoramiento a las víctimas.

Las líneas de ayuda mencionadas en el párrafo primero podrán ser atendidas por servicios de apoyo especializado, de conformidad con las prácticas nacionales.

La información y el asesoramiento mencionados en el párrafo primero se prestarán de forma confidencial o teniendo debidamente en cuenta el anonimato de la víctima.

Se anima a los Estados miembros a que proporcionen también las líneas de ayuda mencionadas en el párrafo primero a través de otras TIC seguras y accesibles, incluidas las aplicaciones en línea.

2. Los Estados miembros adoptarán las medidas adecuadas para garantizar la accesibilidad de los servicios a que se refiere el apartado 1 del presente artículo para los usuarios finales con discapacidad, incluida la prestación de apoyo en un lenguaje fácilmente comprensible. Estos servicios serán accesibles de conformidad con los requisitos de accesibilidad para los servicios de comunicaciones electrónicas establecidos en el anexo I de la Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo (19).

3. Los Estados miembros procurarán garantizar la prestación de los servicios a que se refiere el apartado 1 en una lengua que las víctimas puedan comprender, incluso mediante la interpretación telefónica.

4. El artículo 25, apartados 3 y 7, se aplicará al suministro de líneas de ayuda y de apoyo a través de las TIC en virtud del presente artículo.

5. Se anima a los Estados miembros a que aseguren que el servicio a que se refiere el apartado 1 para las víctimas de violencia contra las mujeres sea accesible mediante el número armonizado a nivel de la Unión, a saber, «116 016», además de cualquier número o números nacionales existentes.

6. Los Estados miembros se asegurarán de que los usuarios finales estén debidamente informados de la existencia y el número de las líneas de ayuda, entre otros medios, con campañas periódicas de concienciación.