Articulo 29 interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la UE
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»Artículo 29. Obligación de las autoridades notificadoras de proporcionar información
Vigente
Los Estados miembros informarán a la Comisión de los procedimientos que utilizan para la evaluación, notificación y seguimiento de los organismos de evaluación de la conformidad y de los cambios que introduzcan en dichos procedimientos.
La Comisión hará pública esta información.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-05-2016 en vigor desde 15-06-2016