Articulo 29 Disposiciones aplicables a la pesca en la zona del Acuerdo CGPM -Comisión General de Pesca del Mediterráneo-
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»Artículo 29. Sistema de localización de buques
Vigente
No obstante lo dispuesto en el artículo 9, apartado 2, del Reglamento (CE) n.º 1224/2009, todos los buques de más de 10 metros de eslora total que faenen activamente dentro del ámbito de aplicación de la presente sección deberán estar equipados con un SLB.