Articulo 29 Audiovisual

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Artículo 29. Derecho a emitir en nuevos formatos e innovación tecnológica audiovisual.

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1. Se reconoce el derecho a emitir en nuevos formatos, así como a la innovación tecnológica, dentro de los límites establecidos por el título habilitante o la comunicación previa.

2. Lo recogido en el apartado anterior se entiende sin perjuicio de la autorización por parte del órgano directivo competente en materia de medios de comunicación social en los supuestos en que la utilización de nuevos formatos implique una modificación en las condiciones de prestación de los servicios fijadas en los correspondientes títulos habilitantes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-10-2018 en vigor desde 17-10-2018