Articulo 282 Reglamento general de la Ley 2/2014, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca
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»Artículo 282. Prohibición de construcción sobre la superficie del área delimitada
Vigente
Sobre la superficie comprendida en el área delimitada a efectos de la aplicación del sistema de expropiación, no se podrá realizar ninguna construcción ni modificar las existentes, salvo en casos concretos y excepcionales, previa autorización expresa del organismo expropiante, que, si no es el ayuntamiento, lo comunicará a éste a efectos de la concesión de la oportuna licencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-04-2015 en vigor desde 30-05-2015