Articulo 27 Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales
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»Artículo 27. Régimen de comunicación.
Vigente
(SUPRIMIDO)
Modificaciones
- Modificación realizada (27) por Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
(BOJA de 16-02-2024) en vigor desde 17-02-2024 - Artículo modificado por Decreto-ley 2/2023, de 11 de abril, por el que se adoptan medidas en materia de emergencias y gestión, prevención y extinción de incendios forestales y se autoriza la creación de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía.
(BOJA de 11-04-2023) en vigor desde 11-04-2023