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Articulo 27 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

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Artículo 27. Competencias en materia de información y atención ciudadana.

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En materia de información y atención ciudadana corresponden al Consejero o Consejera las competencias siguientes:

a) La propuesta y ejecución de la política fijada por el Gobierno de Canarias, así como la aprobación o propuesta, en su caso, de las normas reguladoras y criterios generales para la adecuada gestión del servicio de información y atención ciudadana de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma por cualquiera de los canales de comunicación incluyendo la atención presencial, por internet, por vía telefónica (012), o por cualquier otro canal tecnológico o telemático.

b) La propuesta y, en su caso, aprobación de las normas reguladoras, los criterios generales y las directrices de publicación del Portal Institucional del Gobierno de Canarias en Internet, así como de la política de dominios y redes sociales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021