Articulo 27 Ordenación y ...chillerato

Articulo 27 Ordenación y enseñanzas mínimas del Bachillerato

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Artículo 27. Derecho del alumnado a una evaluación objetiva.

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Las administraciones educativas garantizarán el derecho del alumnado a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad, para lo que establecerán los oportunos procedimientos, que, en todo caso, atenderán al carácter continuo y diferenciado según las distintas materias, de la evaluación en esta etapa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-04-2022 en vigor desde 07-04-2022