Articulo 27 Disposiciones...iterráneo-

Articulo 27 Disposiciones aplicables a la pesca en la zona del Acuerdo CGPM -Comisión General de Pesca del Mediterráneo-

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Artículo 27. Obligaciones de notificación

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No obstante lo dispuesto en el artículo 14, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 1224/2009, los pescadores o capitanes de buques pesqueros autorizados que faenen activamente dentro del ámbito de aplicación de la presente sección declararán todas las capturas y capturas accesorias de langostino moruno y gamba roja del Mediterráneo, con independencia del peso vivo de la captura.