Articulo 27 Cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 27. Elaboración de informes
Vigente
1. Cada cinco años a partir del 1 de enero de 2013, la Comisión presentará un informe sobre la aplicación de la presente Directiva al Parlamento Europeo y al Consejo.
2. (Suprimido)
Modificaciones
- Modificación realizada (27 (apdo. 2, se suprime)) por Directiva (UE) 2023/2226 del Consejo, de 17 de octubre de 2023, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad
(DC de 24-10-2023) en vigor desde 13-11-2023 - Artículo modificado por Directiva (UE) 2018/822 del Consejo, de 25 de mayo de 2018, que modifica la Directiva 2011/16/UE por lo que se refiere al intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad en relación con los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información
(DC de 05-06-2018) en vigor desde 25-06-2018