Articulo 27 Audiovisual

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Artículo 27. Derechos y obligaciones de las personas prestadoras del servicio de comunicación audiovisual.

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Las personas prestadoras del servicio de comunicación audiovisual serán titulares de los derechos y obligaciones establecidos en la legislación básica, así como en la presente ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-10-2018 en vigor desde 17-10-2018