Articulo 27 Artesanía
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»Artículo 27. Plan integral para el fomento de la artesanía
Vigente
1. La consejería competente en materia de artesanía elaborará un Plan integral para el fomento de la artesanía en la Región de Murcia, para promover su permanente desarrollo y difusión, la mejora de la comercialización de los productos artesanos y el apoyo en materia formativa.
2.- El Plan integral para el fomento de la artesanía tendrá un carácter periódico y contendrá las estrategias, acciones, programa financiero y mecanismo de evaluación.
3.- El procedimiento para la aprobación del Plan contará con la necesaria participación de los sectores interesados, oído el Consejo Asesor Regional de Artesanía.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-03-2014 en vigor desde 18-04-2014