Articulo 26 Prevención, Asistencia e Incorporación Social en Materia de Drogodependencias
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 26. Limitaciones al consumo.
Vigente
Se prohíbe fumar en los espacios contemplados en la legislación estatal sobre medidas sanitarias frente al tabaquismo, así como en las playas ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Modificaciones
- Modificación realizada (26) por Ley de Cantabria 11/2022, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
(BOC de 29-12-2022) en vigor desde 01-01-2023 - Artículo modificado por Ley de Cantabria 7/2004, de 27 de diciembre, de Medidas Administrativas y Fiscales.
(BOC de 31-12-2004) en vigor desde 01-01-2005