Articulo 26 Juventud de Aragón
Artículo 26.- La Asamblea General.
1. La Asamblea General es el máximo órgano rector del Consejo Aragonés de la Juventud y estará constituida por las entidades miembro, que contarán con tantas personas delegadas como establezca el reglamento de organización y funcionamiento interno.
2. Su funcionamiento, la regulación del voto ponderado, su convocatoria y el régimen de acuerdos serán establecidos por el reglamento de organización y funcionamiento interno.
3. Entre las funciones esenciales de la Asamblea General están:
a) Marcar las líneas generales y la estrategia de la actuación del Consejo.
b) Elegir a las personas que componen la Comisión Permanente del Consejo.
c) Aprobar y modificar el reglamento de organización y funcionamiento interno.
d) Ratificar las admisiones y mociones de expulsión.
e) Aprobar la gestión anual de la Comisión Permanente, en la que se incluirá la memoria, el estado de cuentas y el balance de situación del período correspondiente a su mandato.
f) Cualquier otra que determine el reglamento de organización y funcionamiento interno.
- Artículo modificado por LEY 12/2023, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.
(BOA de 17-04-2023) en vigor desde 07-05-2023