Articulo 255 Reglamento g...e Mallorca

Articulo 255 Reglamento general de la Ley 2/2014, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca

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Artículo 255. Distribución de las cargas de la urbanización

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1. Las cargas de la urbanización se distribuirán entre las personas propietarias en proporción al valor de las fincas que les sean adjudicadas en la reparcelación.

2. La administración actuante podrá exigir a las personas propietarias afectadas el pago de cantidades a cuenta de los gastos de urbanización. Estas cantidades no podrán exceder del importe de las inversiones previstas para los próximos seis meses a contar desde el requerimiento que se haga a las personas propietarias.

3. La administración actuante podrá asimismo, cuando las circunstancias lo aconsejen, convenir con las personas propietarias afectadas un aplazamiento en el pago de los gastos de urbanización, en iguales condiciones y plazos que los establecidos por la legislación aplicable para las deudas tributarias.

4. En el supuesto de impago de las cuotas derivadas de los gastos de urbanización, la administración actuante puede exigir su pago por vía de apremio, determinar el pago mediante la adjudicación a su favor de fincas resultantes, o bien expropiar las fincas cuyas personas propietarias incumplan sus obligaciones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-04-2015 en vigor desde 30-05-2015