Articulo 252 Reglamento d...del suelo

Articulo 252 Reglamento de la Ley 2/2016, del suelo

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Artículo 252. Valoración de derechos, edificaciones, plantaciones, obras e instalaciones existentes

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1. Este documento incluirá la descripción, localización y valoración de las edificaciones o construcciones, plantaciones, obras e instalaciones existentes en el ámbito del proyecto que sean incompatibles con el planeamiento y, por lo tanto, con el proyecto de equidistribución.

También incluirá las servidumbres y cargas, los derechos de arrendamiento y cualesquiera otros que, por ser incompatibles con la ejecución del plan, deban extinguirse con el acuerdo de aprobación definitiva de la equidistribución.

2. La valoración económica de los elementos incompatibles deberá estar suscrita por técnico competente y estar amparada en las normas de uso habitual en materia de valoraciones, debiendo estar precedida de la exposición y relación de los criterios seguidos para efectuar la misma.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-11-2016 en vigor desde 09-12-2016