Articulo 25 Presupuestos Generales 2024 C. León
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»Artículo 25.- Indemnizaciones por razón del servicio.
Vigente
Las indemnizaciones por razón del servicio se regirán por su normativa específica y por lo dispuesto en esta ley. Sus cuantías podrán verse actualizadas durante el año 2024 de conformidad con lo establecido reglamentariamente.
Las indemnizaciones o suplidos del personal al que se refiere el artículo 14 no podrán experimentar crecimientos superiores a los que se establezcan con carácter general para el personal no laboral.