Articulo 25 Normas especí...rdia Civil

Articulo 25 Normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil

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Artículo 25. Asignación de puestos de trabajo catalogados para determinado personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas.

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1. Los puestos de trabajo catalogados para determinado personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas, únicamente podrán ser asignados, u ocupados temporalmente, por personal así declarado de acuerdo con su normativa específica.

2. El personal declarado apto para el servicio mediante el oportuno expediente de determinación de condiciones psicofísicas, cesará en su puesto de trabajo clasificado para determinado personal apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas, si tuviera uno asignado.

3. El personal cesado conforme a lo dispuesto en el apartado precedente podrá ser asignado de nuevo al destino que ocupaba con anterioridad a la declaración de la limitación incompatible, siempre y cuando no haya transcurrido más de cuatro años desde el cese en ese destino y continúe reuniendo los requisitos para su asignación y permanencia. Todo ello sin perjuicio del nombramiento de las comisiones de servicio a las que hubiera lugar hasta una asignación definitiva de puesto orgánico.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-01-2021 en vigor desde 23-01-2021