Articulo 25 Inversiones exteriores
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 25. Incumplimiento de las obligaciones establecidas.
Vigente
El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este real decreto será constitutivo de infracción a los efectos de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19/2003, de 4 de julio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-07-2023 en vigor desde 01-09-2023