Articulo 25 Inversiones exteriores

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Artículo 25. Incumplimiento de las obligaciones establecidas.

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El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este real decreto será constitutivo de infracción a los efectos de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19/2003, de 4 de julio.

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  • Texto Original. Publicado el 05-07-2023 en vigor desde 01-09-2023