Articulo 25 Buen Gobierno y Profesionalización de la Gestión de Centros y Organizaciones Sanitarias del SERMAS
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»Artículo 25. Capacidad de innovación
Vigente
1. Para hacer posible mejoras en la organización de los servicios sanitarios que promuevan mayor eficiencia o calidad asistencial la Dirección General del Servicio Madrileño de Salud y la Consejería competente en materia de Sanidad podrán impulsar, o en su caso autorizar, experiencias piloto, nuevas formas de organización de los servicios clínicos e innovaciones que afecten a una o varias organizaciones sanitarias.
2. Estas experiencias piloto habrán de incluir obligatoriamente en su normativa de creación mecanismos de evaluación así como plazo de duración.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-01-2018 en vigor desde 04-01-2018