Artículo 25 bis. Funciones del cuerpo de intervención y auditoría.
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Vigente
Al cuerpo de intervención y auditoría le corresponden las funciones de dirección, programación y gestión de la contabilidad pública y la información contable de la Administración autonómica, la coordinación de la de los entes que integran el sector público autonómico, el desarrollo de la función interventora previa o posterior y el control financiero posterior y la auditoría interna de la gestión económico-financiera pública.
Modificaciones
- Modificación realizada (25 bis (se añade)) por Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears
(BOIB de 16-06-2022) en vigor desde 16-06-2022 - Texto Original. Publicado el 03-04-2007 en vigor desde 16-06-2022