Articulo 249 Reglamento de la Ley 2/2016, del suelo
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 249. Contenido
Vigente
El contenido de la equidistribución se concretará en un proyecto, que deberá constar de los siguientes documentos:
a) Memoria.
b) Descripción de las parcelas de origen.
c) Valoración de derechos, edificaciones, plantaciones, obras e instalaciones existente.
d) Descripción de las parcelas de resultado de carácter patrimonial.
e) Correspondencia.
f) Descripción de las parcelas dotacionales públicas de cesión obligatoria.
g) Gastos de la actuación.
h) Cuenta de liquidación provisional.
i) Planos.
j) Documentación complementaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-11-2016 en vigor desde 09-12-2016