Articulo 24 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
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Artículo 24. Competencias en materia de código de conducta de altos cargos.

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En materia de código de conducta de altos cargos, corresponde al Consejero o Consejera la propuesta al Gobierno de Canarias de los principios a respetar y las normas de conducta que deban inspirar la actividad pública de las personas que desempeñen altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, de la incoación de procedimientos sancionadores y, en su caso, de imposición de sanciones a quienes desempeñen estos cargos por infracciones en materia de buen gobierno, así como las demás que le atribuye la normativa en la materia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021