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Articulo 24 Presupuestos Generales 2024 C. León

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Artículo 24.- Contratos de actividades científico-técnicas.

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1. Los contratos de actividades científico-técnicas que se celebren durante el año 2024 en el ámbito de la Administración General de la Comunidad y sus organismos autónomos, en el marco de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, requerirán autorización previa a iniciativa conjunta de los titulares de las consejerías competentes en materia de función pública y de presupuestos, vistos los informes de los centros directivos respectivos.

2. Los contratos de actividades científico-técnicas que se celebren durante el año 2024, en el mismo marco del apartado 1 de este artículo, en los entes públicos de derecho privado, las empresas públicas, fundaciones y consorcios del sector público autonómico, requerirán autorización de la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, visto el informe del centro directivo competente en materia de presupuestos. No será necesaria dicha autorización en los entes que dependan o estén vinculados a las Cortes de Castilla y León, a las instituciones propias de la Comunidad, ni a las universidades públicas.

3. No se requerirá el trámite de autorización previa en aquellos contratos que estén vinculados en su totalidad a financiación externa o a financiación procedente de convocatorias de ayudas públicas en concurrencia competitiva.

4. Serán nulos de pleno derecho los actos dictados en contravención de lo dispuesto en este artículo.