Articulo 24 Normas zootécnicas para animales de raza pura, porcinos híbridos y su material reproductivo
Articulo 24 Normas zootéc...productivo

Articulo 24 Normas zootécnicas para animales de raza pura, porcinos híbridos y su material reproductivo

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Artículo 24. Calendario.

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1. El calendario oficial de los certámenes de ganado selecto de carácter nacional se aprobará por el Director General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

2. Las asociaciones de criadores de razas puras oficialmente reconocidas y/o las asociaciones de segundo grado presentarán ante dicha Dirección General, en la fecha que ésta determine, la propuesta de los certámenes de carácter nacional a celebrar en el año siguiente, con indicación de fechas, lugares, especies y razas participantes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-03-2019 en vigor desde 02-03-2019