Articulo 24 Normas para l...s agrarios

Articulo 24 Normas para la nutrición sostenible en suelos agrarios

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Artículo 24. Medidas de control.

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1. Los controles e inspecciones podrán ser sistemáticos, conforme a los planes de control, o extraordinarios.

2. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y las comunidades autónomas podrán establecer, conjuntamente, planes nacionales de control.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2022 en vigor desde 01-01-2023