Articulo 24 Normas especí...rdia Civil

Articulo 24 Normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 24. Vacantes generadas en el proceso de asignación de destinos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las vacantes generadas por los propios movimientos de asignación de destinos de provisión por antigüedad, podrán ser ofertadas en la forma que se determine en la resolución de anuncio. Para ello, la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil establecerá el procedimiento para diferenciar las que se oferten de este tipo, con respecto a las que se anuncien con carácter general.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-01-2021 en vigor desde 23-01-2021