Articulo 23 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad
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»Artículo 23. Competencias en materia de estatuto de altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
Vigente
En materia de estatuto de las personas que desempeñan los altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, corresponde al Consejero o Consejera las competencias que se le atribuyen en la normativa reguladora en la materia, y específicamente la propuesta al Gobierno de:
a) Las normas reguladoras del estatuto de altos cargos.
b) La declaración de compatibilidad o incompatibilidad de las personas que desempeñan los altos cargos.
c) La incoación de expedientes sancionadores y, en su caso, de imposición de sanciones a quienes desempeñen altos cargos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, por infracciones en la materia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021