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Articulo 23 Reglamento orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

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Artículo 23. Competencias en materia de estatuto de altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

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En materia de estatuto de las personas que desempeñan los altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, corresponde al Consejero o Consejera las competencias que se le atribuyen en la normativa reguladora en la materia, y específicamente la propuesta al Gobierno de:

a) Las normas reguladoras del estatuto de altos cargos.

b) La declaración de compatibilidad o incompatibilidad de las personas que desempeñan los altos cargos.

c) La incoación de expedientes sancionadores y, en su caso, de imposición de sanciones a quienes desempeñen altos cargos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, por infracciones en la materia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2021 en vigor desde 26-03-2021