Articulo 23 Reglamento para la movilización de viviendas vacías y deshabitadas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 23. Naturaleza jurídica
Vigente
El procedimiento para la declaración de vivienda deshabitada no tiene naturaleza sancionadora y su resolución no impedirá la incoación del procedimiento sancionador que corresponda por el incumplimiento de la función social de la vivienda.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-10-2021 en vigor desde 31-10-2021