Articulo 23 Reglamento ge... de vivero

Articulo 23 Reglamento general del registro de variedades comerciales y modificación del Reglamento general técnico de control y certificación de semillas y plantas de vivero

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Artículo 23. Solicitud de persona interesada.

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1. Cualquier persona interesada en la inscripción de una variedad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 y en el apartado uno del artículo 12 de la Ley 30/2006, de 26 de julio, podrá presentar una solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de este Reglamento, dirigida al Ministro de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y que deberá comprender, como mínimo, las siguientes especificaciones.

a) Nombre y dirección del solicitante o causahabiente.

b) Nombre y dirección del obtentor. Si el obtentor es desconocido deberá constar esta circunstancia.

c) Especie y subespecie botánica y nombre común de la especie a que pertenece la variedad.

d) Referencia del obtentor.

e) Denominación de la variedad solicitada.

f) Descripción del proceso a utilizar en la conservación de la variedad.

g) Variedades notoriamente conocidas con características análogas a la variedad que se solicita.

h) Ensayos a que ha sido sometida y resultados obtenidos.

i) Indicación, en su caso, de estar inscrita en alguna lista de variedades de otro país, con indicación de su fecha y denominación, así como de estar inscrita en el Catálogo común correspondiente de la Unión Europea.

j) Indicación, en su caso, de estar solicitada o en posesión de un título de obtención vegetal nacional, comunitario o de algún país miembro de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV), con indicación de su fecha y denominación.

2. Cuando los solicitantes sean extranjeros no residentes en la Unión Europea, deberán actuar por medio de representante, que aportarán los datos precisos a los efectos de notificación y liquidación de tasas.

3. El modelo de solicitud de inscripción es el que figura en la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, http:/www.marm.es/

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-02-2011 en vigor desde 01-01-2012