Articulo 23 Reglamento de desarrollo del Régimen fiscal especial de las Illes Balears
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»Artículo 23. Incompatibilidad de beneficios fiscales.
Vigente
La incompatibilidad de beneficios fiscales regulada en el número 11 del apartado cuatro de la disposición adicional septuagésima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, se entenderá referida a la parte del beneficio no distribuido integrante de la base imponible o, en su caso, del rendimiento neto de explotación determinante de la cuota íntegra, objeto de la reserva para inversiones en las Illes Balears, sin que tal incompatibilidad se extienda, por lo tanto, a los beneficios fiscales que, en su caso, puedan aplicarse los contribuyentes en relación con la parte restante del beneficio o rendimiento neto de estos.