Articulo 23 Estadística de Cantabria
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»Artículo 23. Fuentes prioritarias de información de las estadísticas de interés.
Vigente
1. Las estadísticas de interés de la Comunidad Autónoma de Cantabria tendrán como fuente prioritaria de información los archivos y los registros administrativos y estadísticos disponibles, a fin de reducir las molestias a los ciudadanos y mejorar la eficiencia del gasto público.
2. Para facilitar el cumplimiento de lo que establece el apartado 1, la norma o resolución por la que se crean o modifican los archivos o registros de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria hará explícita esta finalidad estadística, junto con las que les sean propias y específicas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-10-2005 en vigor desde 06-11-2005