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Articulo 22 Normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en la Guardia Civil

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Artículo 22. Méritos profesionales de carácter específico a concurso.

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Los méritos profesionales de carácter específico deberán estar directamente relacionados con los cometidos que han de desempeñarse en los destinos. Se clasifican, con el rango de ponderaciones que para cada uno se establece, en los méritos siguientes:

a) Títulos obtenidos y las actividades formativas de especialización, ampliación o actualización de conocimientos y aptitudes anotados en el registro correspondiente a la enseñanza de perfeccionamiento del expediente académico de los solicitantes. Podrá incluir aptitudes o especialidades obtenidas en el sistema de enseñanza de perfeccionamiento y altos estudios profesionales de la Guardia Civil o en otros centros docentes, civiles o militares, nacionales o extranjeros, en los que la asistencia del personal del Cuerpo sea organizada o promovida por la Guardia Civil, o sean de interés para la misma.

La persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil podrá establecer un alcance temporal específico o un ámbito determinado de su estructura orgánica, para la consideración como mérito, a efectos de la provisión de destinos, de determinadas titulaciones y acciones formativas, en función de su contenido y los criterios de selección de concurrentes a las mismas.

Puntuación: De acuerdo con lo que establezca la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil.

Ponderación: se establece hasta un máximo del 25 %.

b) Idiomas extranjeros, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa por la que se regulan los procedimientos para evaluar la competencia lingüística en los idiomas considerados de interés para la Guardia Civil y en la forma que se establezca, en función del nivel oficial o del perfil lingüístico que se acredite.

Puntuación: De acuerdo con lo que establezca la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil.

Ponderación: se establece hasta un máximo del 20 %.

c) Títulos oficiales del sistema educativo español anotados en el registro correspondiente a las enseñanzas del sistema educativo general y estudios profesionales del expediente académico de los solicitantes. Podrán incluir los expedidos por aquellos centros en los que se impartan estudios declarados equivalentes por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o estudios profesionales cuyos títulos o certificados sean expedidos por los órganos competentes de las administraciones públicas.

Puntuación: De acuerdo con lo que establezca la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil.

Ponderación: se establece hasta un máximo del 20 %.

d) En aquellos destinos con exigencia de una cualificación profesional que tenga asociada el cumplimiento de una servidumbre, se podrá considerar la antigüedad en los mismos, incluyendo los periodos en comisión de servicio que conlleven la ocupación temporal de un puesto de trabajo, de adscripción temporal y de sucesión de mando, salvo en los casos de cese en los destinos de acuerdo con lo previsto en los artículos 62 y 63 del Reglamento, o se haya acordado la pérdida de la especialidad de acuerdo a su normativa específica, o en caso de pérdida de destino como consecuencia de condena penal o sanción disciplinaria.

En el caso en que se solapen periodos de destino, de comisión de servicio, de sucesión de mando o adscripción temporal, se considerará la que responda al del desempeño efectivo de servicio de la persona interesada.

Puntuación: De acuerdo con lo que establezca la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil.

Ponderación: se establece hasta un máximo del 30 %.

e) Antigüedad en destinos donde se desempeñen funciones o cometidos similares a los del puesto al que opta, incluyendo los períodos en comisión de servicio que conlleven la ocupación temporal de un puesto de trabajo, de adscripción temporal y de sucesión de mando, salvo en los casos de cese en los destinos de acuerdo con lo previsto en los artículos 62 y 63 del Reglamento, o se haya acordado la pérdida de la especialidad de acuerdo a su normativa específica, o en caso de pérdida de destino como consecuencia de condena penal o sanción disciplinaria.

En el caso en que se solapen periodos de destino, de comisión de servicio, de sucesión de mando o adscripción temporal, se considerará la que responda al del desempeño efectivo de servicio de la persona interesada.

Puntuación: De acuerdo con lo que establezca la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil.

Ponderación: se establece hasta un máximo del 20 %.

f) La condición de deportista de alto nivel que se haya ostentado en los últimos cinco años; o de deportista de élite, en las modalidades que se determinen, en los tres últimos; a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria, para puestos de trabajo cuyas funciones y cometidos estén relacionados con actividades físicas y deportivas.

En los mismos términos, se podrá valorar la obtención de las certificaciones que se emitan por parte de la Jefatura de Enseñanza por la superación de las pruebas físicas que se determinen, siempre que se encuentren en vigor en la fecha de publicación de la resolución de anuncio de vacantes.

Puntuación: De acuerdo con lo que establezca la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil.

Ponderación: se establece hasta un máximo del 2?%.