Articulo 22 Museos
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»Artículo 22. Salida de fondos.
Vigente
1. Cualquier traslado o salida de fondos de los museos o colecciones integrados en el Sistema de Museos de Cantabria deberá ser autorizado previamente por la Consejería competente en materia de cultura.
2. Para el resto de museos y colecciones autorizados, así como para los fondos de titularidad del Estado que se encuentren en museos integrados en el Sistema, será suficiente la notificación del traslado o salida.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-11-2001 en vigor desde 29-11-2001