Articulo 22 Juventud de Aragón
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 22.- Fines.
Vigente
Son fines del Consejo Aragonés de la Juventud:
1. Fomentar y canalizar la participación libre y eficaz de la juventud para el desarrollo político, social, económico y cultural.
2. Representar a la juventud aragonesa y defender sus derechos e intereses de manera global, ante los organismos públicos o privados, en aquellas cuestiones relacionadas con su desarrollo político, social, económico y cultural, dentro del marco de cooperación.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 12/2023, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.
(BOA de 17-04-2023) en vigor desde 07-05-2023