Articulo 22 Diversidad Sexual y Derechos LGTBI
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»Artículo 22. Plan Estratégico de Políticas Públicas LGTBI para la coordinación y atención de la diversidad sexual en Castilla-La Mancha.
Vigente
La consejería competente en materia LGTBI elaborará el Plan Estratégico de Políticas Públicas LGTBI para la coordinación y atención de la diversidad sexual en Castilla-La Mancha, qué será aprobado por el Consejo de Gobierno y es el instrumento del que se valdrán las Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha para el desarrollo de medidas y actuaciones previstas en esta ley con la finalidad de garantizar los derechos de las personas LGTBI en todo el territorio regional.