Articulo 22 Consejo del T... Terrestre

Articulo 22 Consejo del Transporte Terrestre

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Artículo 22. Reglamento de funcionamiento del Consejo.

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El Pleno aprobará un Reglamento de funcionamiento del Consejo, mediante el que se desarrollen o completen las normas contenidas en el presente capítulo, sin perjuicio de la regulación que este órgano colegiado establezca sobre aquellos aspectos que juzgue de interés, relativos a la ordenación de la actividad que le es propia.