Articulo 21 Ordenación fa...de Galicia

Articulo 21 Ordenación farmacéutica de Galicia

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Artículo 21. Farmacéutico/a regente

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1. En los casos de fallecimiento, incapacidad permanente no parcial, incapacitación judicial o declaración judicial de ausencia del/de la farmacéutico/a titular o cotitular, podrá autorizarse el nombramiento de un/una farmacéutico/a regente, que asumirá las mismas funciones, responsabilidades e incompatibilidades profesionales que las señaladas para la persona titular o cotitular.

2. En los supuestos anteriores, no será precisa la designación de un/una farmacéutico/a regente en los casos de cotitularidad de la oficina de farmacia, cuando todas las partes estén de acuerdo y uno/a de los/las cotitulares asuma la responsabilidad de la persona cotitular en la que concurra alguna de las causas determinadas en el número 1.

3. La solicitud de nombramiento de regente habrá de formularse en el plazo máximo de veinte días desde el fallecimiento, la declaración de incapacidad permanente no parcial, la incapacitación judicial o la declaración judicial de ausencia. Si durante este plazo la oficina de farmacia permaneciera abierta, habrá de estar atendida por un/una farmacéutico/a. En caso contrario, habrá de permanecer cerrada hasta la incorporación del/de la farmacéutico/a regente.

4. En caso de que solo exista un/una farmacéutico/a titular incurso/a en alguna de las causas para las que resulta obligatorio el nombramiento de un/una regente, si no se produjera la solicitud a que se refiere el número anterior, se procederá de oficio al inicio del expediente de cierre de la oficina de farmacia.

5. La regencia tendrá una duración máxima de dos años, salvo en los casos de fallecimiento cuando alguno/a de los/las herederos/as en primer grado esté cursando estudios de Farmacia, o de incapacidad total o absoluta del/de la farmacéutico/a cuando no reúna los requisitos para la jubilación, supuestos en que podrá extenderse hasta un máximo de cinco años.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-07-2019 en vigor desde 30-07-2019