Articulo 20 Contratación centralizada

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Artículo 20. Elaboración, seguimiento, control, y análisis de resultados, del Plan Anual de Contratación Centralizada del Ministerio de Defensa.

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1. La Dirección General de Asuntos Económicos, a través de la Subdirección General de Contratación, será responsable de la elaboración, seguimiento y control del plan.

2. Para su elaboración, durante el primer trimestre de cada año, el Estado Mayor de la Defensa y los Cuarteles Generales de los Ejércitos y la Armada, así como los órganos del Órgano Central, y los organismos autónomos indicados en el apartado 3, comunicarán, a través del Sistema Informático de Dirección y Administración Económica (SIDAE), a la Subdirección General de Contratación, las posibles modificaciones de las categorías, así como el objeto de las obras, servicios y suministros de estas categorías que proponen para su contratación centralizada en la siguiente anualidad.

3. Para el análisis y posterior selección de las propuestas a incluir en el PACC, el Director General de Asuntos Económicos constituirá un grupo de trabajo, presidido por el Subdirector General de Contratación, el cual estará integrado por representantes designados por los titulares correspondientes de:

a) El Estado Mayor de la Defensa.

b) La Subsecretaría de Defensa.

c) La Dirección General de Armamento y Material.

d) La Dirección General de Infraestructura.

e) La Dirección General de Asuntos Económicos.

f) Las Direcciones de Asuntos Económicos de los Ejércitos y la Armada.

g) La Unidad Militar de Emergencias.

h) El Centro de Sistemas y Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (CESTIC).

i) El Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED).

j) El Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS).

k) El Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas» (INTA).

A tal fin, por el personal nombrado como parte del grupo de trabajo, se cumplimentarán las fichas del anexo con el contenido mínimo indicado en el artículo 17.2.

4. En la elaboración de la propuesta del PACC, el grupo de trabajo deberá tener en cuenta las estrategias de contratación que hayan sido aprobadas por el Secretario de Estado de Defensa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-03-2021 en vigor desde 26-03-2021