Articulo 2 TR. del Régimen Económico y Presupuestario
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»Artículo 2. Definición de Hacienda del Principado.
Vigente
Constituye la Hacienda del Principado de Asturias el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico cuya titularidad tenga atribuida por título legítimo la Comunidad Autónoma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-07-1998 en vigor desde 03-07-1998