Articulo 2 Reguladora del Fondo Aragonés de Financiación Municipal
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»Artículo 2. Creación del Fondo Aragonés de Financiación Municipal y naturaleza.
Vigente
Se crea el Fondo Aragonés de Financiación Municipal, con carácter incondicionado, que se integra, conceptual y presupuestariamente, dentro del Fondo Local de Aragón.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-10-2022 en vigor desde 01-01-2023